lunes, 16 de diciembre de 2013

CLAUSULA SUELO HIPOTECA: SITUACIÓN A FUTURO DE LA CUOTA A PAGAR Y RECUPERACIÓN DE LO PAGADO EN EXCESO

Respecto a la clausula suelo en la hipoteca hay una serie de preguntas a responder previamente a decidir por su reclamación por vía profesional. En las sucesivas publicaciones iremos contestando a estas cuestiones.

1)     ¿Es viable que pueda hacer que eliminen su aplicación en mi contrato de hipoteca?
2)     ¿Puedo recuperar el dinero pagado en exceso hasta la fecha?
3)     ¿Qué costes puede conllevar? ¿Cómo calcular el impacto a corto y medio plazo?
4)     ¿Debo ponerme en manos de un experto y reclamar?

Respecto a la primera pregunta, hoy por hoy es perfectamente viable si se firmo años atrás, pues la redacción del clausulado referente no cumple en general con los criterios de transparencia que exige la normativa y jurisprudencia actual. Por supuesto por profesionalidad y responsabilidad en ABALON ABOGADOS, revisamos la escritura de préstamo hipotecario, la oferta vinculante y las comunicaciones que pudiera haber entre el banco y usted.
Le recomendamos actuar con agilidad, pero armarse de paciencia. Hay que seguir un circuito que lleva tiempo (ENTIDAD – BANCO DE ESPAÑA - JUZGADOS), pero que si se actúa profesionalmente y de acuerdo a la normativa, es muy probable que se consiga eliminar, aunque posiblemente tendrá que llegar a los tribunales.
Actualmente la línea de los juzgados es mayoritaria a favor de eliminar la clausula suelo, por ello no debemos tener miedo en reclamar judicialmente.

El criterio seguido por la jurisprudencia recoge el criterio universalizado del carácter abusivo de la cláusula suelo del préstamo hipotecario firmado con cualquier entidad financiera. En las hipotecas suscritas años atrás, no hay documentos (ni siquiera la oferta vinculante) que permita a los bancos probar que se informo suficientemente al consumidor concreto, de los efectos de la misma en los diferentes escenarios de tipos de interés y como estos varían a lo largo del tiempo.  La transparencia que exige la STS 9 de mayo de 2013 no se satisface por la observancia de algunas de las distintas medidas indicadas en el apartado séptimo de la sentencia, de la sentencia referida se desprende que debe darse un conocimiento perfecto de las repercusiones.

 Continuaremos dando respuesta a las otras cuestiones relativas a la CLAUSULA SUELO de las hipotecas.
ABALON ABOGADOS DESPACHO MULTIDISCIPLINAR
Teléfono de contacto: 951.088.999
C/ Armengual de la Mota nº1, entreplanta, Málaga (29007)

info@abalonabogados.es                                                          www.abalonabogados.es

viernes, 13 de diciembre de 2013

¿ES POSIBLE RENEGOCIAR CON UN BANCO LAS CONDICIONES DE UN PRESTAMO O INCLUSO PACTAR UNA DACIÓN EN PAGO?

 Si preguntamos a la mayoría de los titulares de hipotecas y préstamos, la respuesta que obtenemos es NO. Pero lo cierto es que esa no es la respuesta correcta, los bancos SI  RENEGOCIAN las condiciones de sus préstamos.
La pregunta que nos proporciona la clave es ¿COMO SE DEBE ABORDAR UNA RENEGOCIACIÓN EFECTIVA? La respuesta, a nuestro criterio, es muy clara, hacerlo de forma profesional y basada en una experiencia probada. Para ello dos son las cuestiones claves:
  1. Utilizar los servicios de un profesional especializado en derecho bancario, como ABALON ABOGADOS DESPACHO MULTIDISCIPLINAR.
  2. Dejar de gestionarlo en la oficina bancaria, hay que gestionarlo con el área jurídica del banco.
Desde hace marzo de 2012, hay normativa que aplicada en el ámbito y forma oportuna nos permite RENEGOCIAR LAS CONDICIONES DE LOS PRESTAMOS BANCARIOS.
La cuestión clave es el modo de proceder apara hacer valer estos derechos en combinación con el interés de los bancos de que no tener más HIPOTECAS en situación de impago.
Por experiencia probada, nuestro modo de proceder en ABALON ABOGADOS DESPACHO MULTIDISCIPLINAR es el siguiente:
1)      Estudiar las condiciones de contratación de la HIPOTECA (ESCRITURA, OFERTA VINCULANTE…)
2)      Estudiar la variación de la situación económica de la unidad familiar.
3)      Redactar un informe económico-jurídico de la situación financiera de la unidad familiar.
4)      Presentar al BANCO de forma oficial la solicitud de REFINANCIACIÓN o DACION EN PAGO.
5)      Acudir a la conciliación judicial si es preciso, de modo que tenga que intervenir el servicio jurídico del BANCO.
Una cuestión clave es no dejar que las conversaciones y peticiones queden en la sucursal bancaria. Las instrucciones que tiene desde la dirección de los BANCOS son muy claras:
  1. Atender lo mejor a sus clientes, no decir nunca que no directamente
  2. No tener prisa ninguna en la tramitación de estas peticiones
  3. Trasladarlas al área de responsabilidad superior y aguardar pacientemente.
En definitiva se trata de aprovechar el tiempo que juega a su favor. Cada mes que pasa sin cambios en la condiciones son más ingreso para el BANCO y más gastos para el usuario. Por ello es importante gestionar ágilmente esta situación, no perdiendo tiempo en esperas y contestación procedente de departamentos superiores del BANCO.
Si está es su situación, le ofrecemos la posibilidad de una visita gratuita y sin compromiso, en la que nuestros profesionales analizarán su situación y le plantearán la mejor opción para abordarla. Todo esto sin ningún coste inicial, sin ningún compromiso y con total discreción. Si después usted decide contar con nuestro bufete de abogados, elaboraremos un presupuesto cerrado y por escrito, ajustando el cobro a sus posibilidades y a los resultados que vayamos consiguiendo.
Normativa muy interesante para su consulta:
Ley 1/2013 de “Medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social

Real Decreto-ley 6/2012 de “Medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos”.
ABALON ABOGADOS DESPACHO MULTIDISCIPLINAR
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martes, 3 de diciembre de 2013

Publicidad agresiva, una nueva arma para captar clientes


El nuevo estatuto de la abogacía refrenda el anterior y permite la publicidad de bufetes, pero con algunas restricciones éticas, como no incitar al pleito.

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