lunes, 16 de diciembre de 2013

CLAUSULA SUELO HIPOTECA: SITUACIÓN A FUTURO DE LA CUOTA A PAGAR Y RECUPERACIÓN DE LO PAGADO EN EXCESO

Respecto a la clausula suelo en la hipoteca hay una serie de preguntas a responder previamente a decidir por su reclamación por vía profesional. En las sucesivas publicaciones iremos contestando a estas cuestiones.

1)     ¿Es viable que pueda hacer que eliminen su aplicación en mi contrato de hipoteca?
2)     ¿Puedo recuperar el dinero pagado en exceso hasta la fecha?
3)     ¿Qué costes puede conllevar? ¿Cómo calcular el impacto a corto y medio plazo?
4)     ¿Debo ponerme en manos de un experto y reclamar?

Respecto a la primera pregunta, hoy por hoy es perfectamente viable si se firmo años atrás, pues la redacción del clausulado referente no cumple en general con los criterios de transparencia que exige la normativa y jurisprudencia actual. Por supuesto por profesionalidad y responsabilidad en ABALON ABOGADOS, revisamos la escritura de préstamo hipotecario, la oferta vinculante y las comunicaciones que pudiera haber entre el banco y usted.
Le recomendamos actuar con agilidad, pero armarse de paciencia. Hay que seguir un circuito que lleva tiempo (ENTIDAD – BANCO DE ESPAÑA - JUZGADOS), pero que si se actúa profesionalmente y de acuerdo a la normativa, es muy probable que se consiga eliminar, aunque posiblemente tendrá que llegar a los tribunales.
Actualmente la línea de los juzgados es mayoritaria a favor de eliminar la clausula suelo, por ello no debemos tener miedo en reclamar judicialmente.

El criterio seguido por la jurisprudencia recoge el criterio universalizado del carácter abusivo de la cláusula suelo del préstamo hipotecario firmado con cualquier entidad financiera. En las hipotecas suscritas años atrás, no hay documentos (ni siquiera la oferta vinculante) que permita a los bancos probar que se informo suficientemente al consumidor concreto, de los efectos de la misma en los diferentes escenarios de tipos de interés y como estos varían a lo largo del tiempo.  La transparencia que exige la STS 9 de mayo de 2013 no se satisface por la observancia de algunas de las distintas medidas indicadas en el apartado séptimo de la sentencia, de la sentencia referida se desprende que debe darse un conocimiento perfecto de las repercusiones.

 Continuaremos dando respuesta a las otras cuestiones relativas a la CLAUSULA SUELO de las hipotecas.
ABALON ABOGADOS DESPACHO MULTIDISCIPLINAR
Teléfono de contacto: 951.088.999
C/ Armengual de la Mota nº1, entreplanta, Málaga (29007)

info@abalonabogados.es                                                          www.abalonabogados.es

No hay comentarios:

Publicar un comentario