miércoles, 25 de marzo de 2015

Contratos por turnos de bienes de bienes inmuebles de uso turístico

La falta de determinación en el contrato de alojamiento, constituye su objeto y por tanto es causa de nulidad, la Sala del TS considera que la omisión de datos supone una falta del objeto del contrato cuya consecuencia es la nulidad del mismo.

Puedes consultar esta noticia en la página del CGPJ



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