Ámbito material de la norma: la Ley Foral 39/2013, de 28 de diciembre (LA LEY 21826/2013), reguladora del Impuesto sobre los grandes establecimientos comerciales, contiene la creación del impuesto que grava la capacidad económica de los grandes establecimientos comerciales que producen externalidades negativas al no asumir los costos económicos y sociales que afectan a la vida colectiva, particularmente en el tejido y actividades de los núcleos urbanos, en la ordenación del territorio, en el medio ambiente y en las infraestructuras.
El hecho imponible es la actividad y funcionamiento de los grandes establecimientos comerciales individuales dedicados a la venta al detalle, en razón de su impacto en los núcleos urbanos y en sus actividades, en la ordenación del territorio, en el medio ambiente y en las infraestructuras.Dichos establecimientos se definen atendiendo a su superficie útil para la venta y exposición de productos, que ha de ser superior a 2.000 metros cuadrados.
Enuncia los supuestos de no sujeción y los sujetos pasivos del impuesto.
Regula la determinación de las bases imponible y liquidable, el tipo de gravamen y la cuota tributaria. Incluye la definición del concepto superficie útil para la venta y exposición de productos, declarándose exentos 2.000 metros cuadrados, y el cómputo de la superficie destinada al aparcamiento. Debe destacarse la supresión del cómputo de la superficie de almacenes, talleres, obradores y espacios de producción, por no ser representativos de la capacidad económica del sujeto pasivo.
Concreta el período impositivo y el devengo e incorpora las disposiciones aplicables a la gestión del impuesto.
Conexiones normativas: deroga la Ley Foral 23/2001, de 27 de noviembre (LA LEY 270/2002), para la creación de un Impuesto sobre los grandes establecimientos comerciales.
Vigencia: entra en vigor el 9 de enero de 2014, al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, si bien tendrá efectos para los periodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2014.
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